Lainscripción simultánea. El artículo 345 de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, establece bajo la rúbrica " La inscripción simultánea" que : La inscripción del acuerdo de reducción en el Registro Mercantil no podrá practicarse a no ser que simultáneamente se presente a inscripción Lareducción de capital permite solventar situaciones de pérdidas o desequilibrios financieros, al disminuir el valor nominal de las acciones o participaciones de una entidad. Por otro lado, la devolución de aportaciones inmuebles implica la restitución de bienes inmuebles a los socios o accionistas, ya sea a través de su venta o transferencia. AinoaIriarte.-. El art. 5 de los Reales Decretos-ley 18/2020, de 12 de mayo y 24/2020, de 26 de junio, establece una serie de limitaciones al reparto de dividendos Sila reducción de capital procede de beneficios no distribuidos, la totalidad de las cantidades percibidas tributarán como dividendos. Si cuando se produzca el reparto de dividendos dentro del grupo de consolidación, se debe tener en cuenta la reducción establecida en el apartado 10 del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y, por tanto, que el 5% de los dividendos repartidos por las entidades dominadas tribute en la declaración consolidada del grupo; o por la aplicación Repartode dividendos en especie. Los importes percibidos en concepto de distribución de dividendos tendrán a efectos del IRPF la consideración para los socios personas físicas de rendimiento del capital mobiliario, siendo una operación sujeta a retención e ingreso a cuenta. La parte satisfecha mediante entrega del inmueble deberá valorarse Elcapital social actual es 600.000 euros. Se plantea una reducción de 200.000 euros de capital con reparto a los socios: De los 200.000 euros que se percibirían por la reducción de capital, los primeros 100.000 euros -que no se corresponden con beneficios- reducirían el precio de adquisición de las participaciones de los socios hasta 0 euros. ElCapital social de una empresa ha de tener un mínimo y este depende de la clase de sociedad. En las Sociedades de Responsabilidad Limitada, el capital social no puede ser inferior a 3.000€. En las Sociedades Elconsejo del Banco Central Europeo (BCE) mantendrá los actuales tipos de interés oficiales en su reunión del próximo día 25, pero es posible que se empiece a reservasvoluntarias. En este caso la reducción de capital se articularía combinado la devolución de aportaciones (ex art. 331 LSC) con la constitución o dotación de una reserva voluntaria (ex art. 317.1 LSC) por la diferencia entre la cuantía total de la reducción y la cantidad restituida a los socios. NBlml.